
Casi todos los médicos independientes descubren la retención en la fuente de la peor manera: emiten una factura por un millón y les consignan novecientos mil. La reacción natural es pensar que les cobraron un impuesto extra.
No es un impuesto extra. Es tu propio impuesto de renta, cobrado por anticipado. Entender eso cambia por completo lo que haces en marzo.
Qué es realmente la retención en la fuente
Cuando una empresa, una EPS o una IPS te paga, la ley la obliga a quedarse con un porcentaje y entregárselo a la DIAN a tu nombre. Ese dinero queda a tu favor: cuando declares renta, se resta de lo que te corresponde pagar.
Si te retuvieron más de lo que debías pagar, la diferencia te la devuelven o queda como saldo a favor. Si te retuvieron menos, pagas la diferencia. Por eso el médico que dice “a mí no me devuelven nada” casi siempre es el que no declara pudiendo hacerlo.
Cuánto te retienen sobre honorarios médicos
La consulta médica que prestas como profesional independiente se clasifica normalmente como honorarios, porque predomina el factor intelectual. Esa es la categoría que aplica a médicos, abogados, ingenieros, contadores y consultores.
| Concepto | Tarifa |
|---|---|
| Honorarios · persona natural declarante de renta | 11% |
| Honorarios · persona natural no declarante | 10% |
| Servicios generales · declarante | 4% |
| Servicios generales · no declarante | 6% |
| Servicios integrales de salud prestados por IPS | 2% |
Esa última fila es la que más gente pasa por alto y la que más plata mueve. Una IPS que presta servicios integrales de salud tributa al 2%, no al 11%. La diferencia entre que te retengan el 11% como persona natural o el 2% a través de una IPS es de nueve puntos sobre cada factura.
El detalle que decide si te retienen 10% u 11%
Un punto porcentual parece poco hasta que lo multiplicas por el año. La diferencia depende de si eres declarante de renta, y el que paga no lo adivina: tú tienes que acreditarlo.
Si no informas tu condición, quien te paga aplica la tarifa que le resulte más segura, y normalmente no es la que te conviene. Es una conversación de dos minutos con el área de pagos que casi nadie tiene.
Por qué esto empuja a muchos médicos a constituir empresa
Aquí está el cálculo que casi nadie hace. Como persona natural te retienen entre el 10% y el 11% sobre cada factura de honorarios. Como IPS habilitada que presta servicios integrales de salud, la retención cae al 2%.
Eso no significa que pagues menos impuesto al final del año: significa que tienes ese dinero disponible durante el año en vez de anticipado a la DIAN. Para un consultorio que necesita capital de trabajo, esa diferencia de flujo de caja es la que permite contratar, comprar equipo o simplemente no vivir apretado.
No es automático ni le conviene a todo el mundo: montar y habilitar una IPS tiene costos y obligaciones propias. Pero si facturas volumen a EPS o empresas, es el número que hay que correr antes de decidir.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden retener si soy no declarante?
Sí. Ser no declarante no te exime de la retención; solo cambia la tarifa. Y si te retuvieron durante el año, muchas veces te conviene declarar aunque no estés obligado, precisamente para recuperar ese saldo.
¿Hay un monto mínimo para que apliquen retención?
Depende del concepto, y las cuantías mínimas se recalculan cada año con la UVT, que en 2026 quedó en $52.374. Confirma la cuantía vigente para tu concepto antes de asumir que un pago pequeño no lleva retención.
¿Quién me da el certificado de retención?
Quien te pagó. Está obligado a expedirlo, y lo necesitas para descontar esa plata en tu declaración. Pídelos todos antes de cerrar el año, no en marzo cuando ya nadie contesta.
¿La retención es lo mismo que el IVA?
No. Son cosas distintas y pueden coexistir en la misma factura. La retención en la fuente anticipa tu impuesto de renta; el IVA es un impuesto al consumo que tú recaudas para el Estado.
Lo que deberías hacer esta semana
Reúne los certificados de retención de todos tus pagadores del año en curso. Súmalos. Ese número es plata tuya que ya está en la DIAN, y solo la recuperas si declaras bien.
La mayoría de médicos que me dicen “yo pago demasiados impuestos” en realidad están pagando lo que corresponde, pero no están recuperando lo que les retuvieron de más. Son dos problemas distintos y solo uno tiene solución fácil.
Si prefieres que alguien lo revise
En MBusiness hacemos exactamente esa revisión: qué te están reteniendo, si la tarifa es la correcta y cuánto tienes acumulado a favor. Te lo digo de frente para que sepas que tengo interés en el asunto: es la empresa de gestión de negocios del Grupo Medics que fundé, y el servicio lo presto yo con ese equipo.
Tarifas y UVT vigentes para el año gravable 2026 (UVT $52.374). Las tarifas de retención están en el artículo 392 del Estatuto Tributario y las cuantías mínimas se actualizan cada año. Este contenido es informativo y no sustituye asesoría tributaria sobre tu caso concreto: verifica las cifras del año gravable en curso en el portal de la DIAN antes de tomar decisiones.
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